jueves, 15 de noviembre de 2007

El resultado fiscal de las Provincias: ¿Endógeno o exógeno? Una mirada de mediano plazo

Resulta interesante estudiar la evolución fiscal de las provincias argentinas en el período. Por ejemplo, considerando el período 1983-2006, se calcula el impacto de las políticas nacionales sobre el resultado financiero. Sin esas políticas nacionales el resultado financiero provincial hubiera sido superavitario, versus el resultado negativo que muestra la contabilidad pública.

Más de la totalidad del stock agregado de la deuda provincial al 31-12-2006 se debe a la no compensación de la externalidad fiscal interjurisdiccional vertical de la Nación a las Provincias. De la estimación econométrica resulta que por cada peso de externalidad, 77 centavos se trasladan al stock de deuda provincial.

Las cuantificaciones presentadas revelan que en la relación entre el gobierno nacional y las provincias ha estado ausente uno de los principios básicos que deben cumplirse para que funcione el federalismo fiscal, que es el de “lealtad institucional”.

En términos simples este principio establece que ningún nivel de gobierno tome decisiones que afecten a otro nivel, sin compensación. En términos más técnicos el principio establece que las “externalidades fiscales interjurisdiccionales verticales” (de la Nación a las provincias, en nuestro caso) se paguen.


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viernes, 31 de agosto de 2007

Rendimiento académico universitario

En este trabajo se aplica el enfoque de función de producción para estimar los determinantes del rendimiento académico de una cohorte universitaria (Facultad de Ciencias Económicas de la UNLP1). Se utiliza un modelo de datos censurados en valores mínimos y máximos (variación del modelo tobit). Adicionalmente se analiza la dinámica del desempeño académico y se comparan cohortes mediante una metodología de microdescomposición.




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miércoles, 15 de agosto de 2007

Universidad Pública: provisión subsidiada y pago diferido

El financiamiento de la universidad pública es un tema en permanente discusión. La cuestión es si la financiación debe quedar a cargo del presupuesto o si se introducen aranceles (precios) que aporten fondos, ya sea parcial o totalmente. Este trabajo se ocupa de la cuestión estrictamente financiera del problema y el objetivo es responder a la pregunta de en que medida la provisión de educación universitaria a precio subsidiado es un sistema de pago diferido. O sea: el Estado incurre en ciertos gastos para proveer la educación universitaria; luego, dado el diferencial de ingresos de los que obtuvieron esa educación y la alícuota impositiva, obtiene recursos fiscales. ¿Cual es el resultado neto?

Las cuantificaciones de este trabajo, desagregados por carreras, muestran que la imposición sobre el diferencial de ingresos recupera entre el 20% (considerando sólo los ingresos laborales) y el 50% (considerando los ingresos totales). El aumento de la tasa de graduación en un 20% permitiría recuperar un 10% adicional. Sería posible cubrir una parte importante del gasto total con un arancel de nivel similar a los más bajos de las escuelas secundarias privadas. En estos cálculos no se considera la externalidad de la educación universitaria.



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